El próximo lunes, 31 de enero, finaliza el plazo de solicitud de ayudas para inversiones de determinadas infraestructuras del sector vitivinícola dentro del programa de apoyo 2019-2023 (VINATI). Las ayudas van dirigidas a inversiones tangibles o intangibles en instalaciones de transformación e infraestructura vinícola, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.
¿Quiénes pueden solicitar las ayudas?
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades que cumplan los siguientes requisitos:
- Empresas vitivinícolas que, en el momento de la solicitud, produzcan o comercialicen vinos, mostos y vinagres, tal y como recoge el anexo VII, Parte II del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013, o que, como consecuencia de la ejecución del proyecto objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas antes de la fecha de presentación de la solicitud.
- Las organizaciones de productores vitivinícolas, reconocidas de acuerdo con el art. 152 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013.
- Las asociaciones de 2 o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II de dicho Reglamento. Las asociaciones deberán estar constituidas antes de la fecha de presentación de la solicitud.
- Las organizaciones interprofesionales.
¿Cuáles son los requisitos?
Para acceder a estas ayudas, los beneficiarios deberán ser los responsables finales de la financiación del proyecto y demostrar su viabilidad económica, así como que tienen acceso a recursos técnicos y financieros suficientes.
Asimismo, la inversión debe mantenerse durante los cinco años siguientes a la fecha del pago final de la ayuda. Y el establecimiento objeto del proyecto deberá estar inscrito en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha y en el Registro General Sanitario de Alimentos.
En el caso de que los solicitantes sean Sociedades Agrarias de Transformación, deberán estar al corriente de las obligaciones establecidas en el artículo 3 apartado 1 de la Orden de 14 de septiembre de 1982. Y en caso de solicitantes cooperativas, los datos obrantes en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha deben estar actualizados.
No podrán ser beneficiarias de esta ayuda aquellas empresas que estén en situación de crisis, declaradas en concurso, sujetas a intervención judicial o inhabilitadas.
Criterios de concesión de las ayudas e importes
El servicio de industria agroalimentaria elaborará una lista provisional con los proyectos de inversión puntuados (mínimo 20 puntos sobre 100) y priorizados atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el Anexo VI de la Orden y que priorizan a Entidades Asociativas Prioritarias, agrupaciones de productores, solicitantes asociativos, empresas que cumplen los requisitos de sostenibilidad integral, certificación medioambiental, sistemas de pago de uva por calidad, operadores de productos vitivinícolas ecológicos, aquellos acogidos a DOP e IGP y los que deseen acometer operaciones destinadas a la eficiencia energética, entre otros.
La ayuda comunitaria para los costes de inversión será como máximo un 40%, al ser comunidad autónoma distinta de las regiones menos desarrolladas. A las microempresas y pequeñas y medianas empresas se aplicará el tipo máximo de ayuda. A las demás, las ayudas oscilan entre el 25% y el 50% del tipo máximo de ayuda, en función del número de empelados y de su facturación.
Aquellas empresas interesadas en solicitar las ayudas y que deseen ayuda durante el proceso, pueden contactar con el equipo de Pastrana Ingeniería y Servicios a la mayor brevedad posible, pues el tiempo apremia ya que, como avanzábamos, el último día de presentación de la documentación es el próximo lunes, 31 de enero.