El pasado 23 de noviembre, técnicos adscritos a la Consejería de Agricultura de la Junta de Castilla-La Mancha presentaron el borrador del nuevo Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola Español (PASVE) 2019-2023, en el que trabajan de forma coordinada las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Agricultura, y en el que se enmarcan las ayudas VINATI. La publicación del Real Decreto que regula estas ayudas en el Boletín Oficial del Estado está prevista para finales de este año, aunque se ha llevado a cabo un adelanto, con el fin de que las cooperativas vayan conociendo su contenido. Después de su publicación, la Junta de Castilla-La Mancha publicará las órdenes correspondientes que regulen el procedimiento de solicitudes de ayuda.
El PASVE viene regulado por el Reglamento UE nº 1308/2013 y contempla las normas que regulan la atribución de fondos de la Unión Europea a los Estados Miembros y su utilización por estos a través de programas nacionales de apoyo quinquenales para financiar medidas de apoyo específicas destinadas al sector vitivinícola. Las 8 medidas específicas de apoyo contemplan la promoción, reestructuración y reconversión de viñedos, cosecha en verde, fondos mutuales, seguro de cosecha, inversiones, innovación en el sector vitivinícola y destilación de subproductos.
PASVE 2019-2023 en España
El nuevo PASVE 2019-2023 en España prevé la aplicación de 5 medidas:
- Promoción en mercados de terceros países.
- Reestructuración y reconversión de viñedos.
- Eliminación de subproductos.
- Inversiones.
- Cosecha en verde.
Todo ello tiene como objetivo mejorar la competitividad de este sector para garantizar su mantenimiento y continuar aportando beneficios económicos, sociales y medioambientales.
Durante la presentación, se hizo especial hincapié en la medida de inversiones, que apoyará aquellas que se vayan a acometer en instalaciones de transformación e infraestructura vinícola, en estructuras e instrumentos de comercialización por:
- Empresas vitivinícolas que produzcan o comercialicen productos del anexo VII del Reglamento (UE) nº 1308/2013 o se inicien en dichas actividades. En el caso de las empresas que únicamente comercialicen, al menos un 80% de su facturación debe corresponder a la comercialización de productos vitivinícolas.
- Organizaciones de Productores (OP) vitivinícolas y asociaciones de OP vitivinícolas.
- Organizaciones interprofesionales.
- Asociaciones de 2 o más productores de productos contemplados en el anexo VII del Reglamento (UE) nº 1308/2013 con personalidad jurídica.
Operaciones de inversión
El Reglamento define como “Operación de inversión” el conjunto de acciones incluidas en un proyecto de inversión, que debe cumplir con unos requisitos en cuanto al tiempo de duración, ya que deberá ser de 1 o 2 ejercicios FEAGA consecutivos, teniendo en cuenta que solo se admitirán proyectos de 1 año cuando se vaya a presentar la solicitud de pago en el primer ejercicio inmediatamente siguiente al ejercicio FEAGA de presentación solicitud de ayuda. Por su parte, en los proyectos de 2 años deberán proyectarse y ejecutarse operaciones en el primer ejercicio inmediatamente siguiente al ejercicio FEAGA de presentación solicitud de ayuda por valor mínimo del 50% del presupuesto subvencionable aprobado.
Las operaciones deberán contribuir a alcanzar, al menos, uno de los 11 objetivos estratégicos siguientes:
- Fomentar la agrupación de los primeros eslabones de la cadena alimentaria mediante la integración de las entidades asociativas y el asociacionismo agrario.
- Fomentar la sostenibilidad integral de las industrias en sus ámbitos económico, social y medioambiental.
- Fomentar los procesos sostenibles desde el punto de vista medioambiental a través del ahorro de energía, la eficiencia energética global, la utilización de energías renovables y la valorización y tratamiento de los residuos.
- Fomentar la certificación medioambiental de las instalaciones de las empresas vitivinícolas.
- Fomentar la producción ecológica.
- Fomentar los productos acogidos a regímenes de calidad y los pagos de uva por calidad.
- Favorecer el incremento de la dimensión empresarial.
- Favorecer la participación de los viticultores y elaboradores en la cadena de valor.
- Fomentar las inversiones en comercialización.
- Fomentar la innovación y la implantación de nuevos productos y nuevas presentaciones.
- Impulsar la introducción de las tecnologías digitales en las empresas (Industria Conectada 4.0).
Para alcanzar dichos objetivos, es necesario que se lleven a cabo inversiones de cuatro tipos:
- Inversiones directamente destinadas a la producción de productos vitivinícolas (desde la transformación de la uva hasta el embotellado, o envasado, y etiquetado del producto vitivinícola en la bodega): cámaras de almacenamiento frigorífico, construcción nuevos inmuebles, maquinaria para transformación de la uva, equipos de fermentación, tratamiento de vinos y mostos, control temperatura FAL, etc.
- Inversiones directamente relacionadas con el control de calidad: construcción y dotación de laboratorios, software para control de calidad, sistemas trazabilidad, etc.
- Inversiones directamente relacionadas con la comercialización de productos vitivinícolas: establecimientos de presentación y venta, centros logísticos, software logística y gestión stocks, web comercio electrónico, etc.
- Inversiones directamente relacionadas con usos administrativos y/o generales: nuevos inmuebles, suministros energéticos, software de uso administrativo o gestión empresarial, etc.
Como en anteriores ocasiones, se establecerán criterios de priorización, con un baremo de puntos, en función de los solicitantes y de las operaciones a realizar.
Desde Pastrana Ingeniería y Servicios, nos ponemos a disposición de todas aquellas empresas que deseen solicitar ayudas a través del PASVE 2019-2023, para prestarles asesoramiento durante la gestión y tramitación de las mismas.