La semana pasada salió publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 126/2017, de 12 de julio, que recoge las bases reguladoras para la concesión y la gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión del viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2014-2018. La Orden recoge los requisitos por los que se guiará convocatoria de estas ayudas para el año 2018, último ejercicio de este programa, además de su convocatoria para dicho ejercicio.
Los planes de reestructuración del viñedo han supuesto, durante los últimos años, una importante inyección económica al sector vitícola nacional, en general, y castellano-manchego en particular. Mediante su aplicación, ha sido posible modernizar las explotaciones vitícolas, sustituir variedades tradicionales y con menores salidas comerciales por otras mucho más rentables, cambiar el sistema de plantación de vaso a espaldera (que permite una mejor mecanización), etc. En definitiva, han supuesto una ayuda inestimable para conseguir explotaciones vitícolas más competitivas.
Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola Español
El Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola Español abarca el período comprendido entre 2014 y 2018 e incluye un cuadro financiero en el que, anualmente, se asigna un presupuesto determinado para la medida de reestructuración y reconversión de viñedo. En concreto, para la anualidad 2018, que es la que resta de ejecutar en su totalidad, asciende a 72.532.000€, a repartir entre el conjunto de las comunidades autónomas. El criterio de asignación de los fondos quedó establecido en el año 2012 y, para Castilla-La Mancha, ha venido siendo de un 50% de los fondos, aproximadamente, en cada ejercicio.
A través de esta nueva Orden, se han fijado criterios de prioridad adicionales a los indicados en la legislación básica, y que se encuentran incluidos en el Programa de Apoyo. El objetivo es que estos criterios permitan clasificar a las personas solicitantes, con el fin de poder establecer un orden, en caso de que no existan disponibilidades presupuestarias para todas las solicitudes. Asimismo, están orientados a la mejora del sector, a través de la profesionalización del mismo, priorizando a las personas jóvenes y profesionales de la agricultura, la apuesta por la calidad mediante el compromiso de llevar la producción a una bodega que realice pagos por calidad y las producciones que ya hayan sido destinadas a Denominaciones de Origen Protegido (DOP) o Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP); la integración cooperativa, abanderada por las Entidades Asociativas Prioritarias de Interés Regional (Eapir) y Entidades Asociativas Prioritarias de ámbito suprarregional (EAPS), y el fortalecimiento de la competitividad de las explotaciones mediante la contratación de seguros agrarios. Estos nuevos criterios buscan también hacer más visible el papel de la mujer en el mundo agrario y, por ello, se establecen puntos de prioridad para las explotaciones de titularidad compartida.
Todos estos criterios están puntuados según un baremo para establecer el orden de prioridad en la concesión de ayudas.
¿Dónde se aplican las ayudas para la reestructuración del viñedo?
Siempre hablando de las explotaciones ubicadas en Castilla-La Mancha, las ayudas del programa se aplican a la reestructuración o reimplantación de viñedos, así como a la mejora de las técnicas de gestión de los mismos, es decir, al cambio de vaso a espaldera.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Los beneficiarios de las ayudas serán los viticultores de Castilla-La Mancha, teniendo en cuenta que solo podrá constar una persona beneficiaria en un único proyecto. Además, para poder solicitar las ayudas para operaciones de transformación de vaso a espaldera, es necesario figurar en el Registro Vitícola como explotadoras de las parcelas de viñedo para las que se solicita la ayuda. Lo mismo ocurre en caso de solicitar ayuda para la reestructuración, es decir, las parcelas a arrancar tendrán que estar inscritas en dicho Registro.
¿Cuáles son los requisitos de los proyectos?
La parcela de viñedo, una vez reestructurada, tendrá que ser de, al menos, 0,5 hectáreas, pudiendo tener una superficie inferior si es colindante con otra u otras parcelas de viñedo pertenecientes a la explotación de la persona solicitante y, en conjunto, alcanzan esa cantidad.
Por otro lado, cuando la operación a ejecutar sea la de cambio de vaso a espaldera, la superficie mínima será la inicial.
La superficie máxima objeto de resolución aprobatoria será de 15 hectáreas por solicitud.
¿Cuáles son los plazos de solicitud y de ejecución?
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden, es decir, el próximo 15 de agosto.
El plazo límite de ejecución de las operaciones incluidas en los planes de reestructuración será hasta el 15 de junio de 2018 inclusive.
Necesidad de una Dirección Técnica
Las bases reguladoras exigen también que la persona que sea responsable de la Dirección Técnica del Plan desempeñe las funciones de representante legal del mismo y que gestione los trámites de cada integrante con la Administración. Este Director Técnico deberá disponer de la titulación en Ingeniería Agronómica, Ingeniería Técnica Agrícola o estar en posesión del título de grado o postgrado equivalente.
Pastrana Ingeniería y Servicios cuenta con más de 20 años de experiencia en la prestación de este tipo de servicios, por lo que nos ponemos a disposición de todas aquellas empresas vitícolas interesadas en implementar sus planes de reestructuración y solicitar las ayudas de este programa.