Como consecuencia del estado de alarma en que vivimos, ocasionado por la crisis sanitaria ocasionada del COVID-19, y dada la imposibilidad de gestionar adecuadamente las solicitudes de ayuda y pago por parte de las Comunidades Autónomas y beneficiarios, se ha procedido a modificar determinados procedimientos, fechas y plazos correspondientes, tanto en las ayudas FOCAL como VINATI, así como otras ayudas a la promoción del vino en terceros países y a la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada.
Ayudas VINATI: modificados los plazos de tramitación
El pasado 26 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Orden APA/288/2020, de 24 de marzo por la que se modifican determinados plazos para la tramitación de las Ayudas VINATI con solicitud de pago en el ejercicio FEAGA 2020, ampliándose hasta el día 31 de mayo de 2020.
Los programas de apoyo al sector vitivinícola ofrecen ayudas a líneas de actuación diferenciadas, destinadas, entre otras, a la reestructuración y reconversión de viñedos y a la realización de inversiones.
Ayudas FOCAL: nuevos plazos de finalización y justificación de proyectos
Por su parte, el pasado 21 de abril, se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 59/2020, de 19 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establece la continuidad del procedimiento administrativo de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad Agroalimentaria (FOCAL 2014-2020).
En dicha Orden, se especifica que, mientras continúe el estado de alarma, ante la imposibilidad de realizar las visitas de no inicio de actuaciones de forma presencial y en el caso de que se requiera de forma urgente iniciar las actuaciones, para dejar constancia en el expediente de que las inversiones para las que solicitan ayudas no han sido iniciadas, se deberá presentar escrito justificativo que acredite la urgencia referida; una declaración responsable del interesado sobre la no realización de ningún pago parcial o total de las inversiones para las que se solicita la ayuda, anterior a la fecha del acta o informe; y un acta notarial o informe pericial firmado por un técnico competente, donde se acredite que las inversiones no se han iniciado en el momento de la expedición del acta o informe.
Asimismo, se establecen nuevos plazos de finalización y justificación de los proyectos de inversión de la convocatoria FOCAL 2017. De este modo, en aquellos casos en que la justificación de pago tuviera fecha posterior al 14 de marzo, el plazo se amplía de forma automática e improrrogable hasta el 31 de agosto de 2020.
Ayudas a la promoción del vino
El Boletín Oficial de Castilla-La Mancha también ha publicado la Orden 55/2020, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 182/2019, en la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas para la promoción del vino en los mercados de terceros países, dentro del Programa de Apoyo 2019-2023. La nueva Orden establece la convocatoria para todo el periodo, con el fin adoptar medidas extraordinarias como consecuencia de la evolución epidemiológica del COVID-19.
Las ayudas a la promoción del vino en terceros países están dirigidas a las bodegas y tienen como objetivo mejorar la competitividad de sus vinos en los mercados de fuera de la Unión Europea. Sin embargo, la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ha provocado que las bodegas beneficiarias que se encontraban en plena ejecución de sus programas en el momento de la declaración del estado de alarma estén encontrando dificultades en el desarrollo de sus actuaciones promocionales en esos terceros países.
La nueva Orden 55/2020 recoge una ampliación de los plazos de modificación y justificación de los programas de promoción que se están ejecutando actualmente. Se establece que las solicitudes de modificación de los programas correspondientes a la convocatoria 2019 deberán presentarse con anterioridad a la realización de la actividad modificada y, en todo caso, antes del 30 de abril de 2020. Así, una vez finalizadas las acciones de los programas, y antes del 1 de junio de 2020, la persona beneficiaria deberá solicitar el pago del saldo de la ayuda o, en su caso, el único pago.
Subvenciones para fomentar la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada
Por la misma razón, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha ha optado por aprobar la Orden 56/2020 para ampliar el plazo de justificación de las subvenciones dirigidas a fomentar la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Aunque el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, adoptaba la suspensión de los términos y plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, se consideró que el trabajo de agricultores, ganaderos e industria agroalimentaria, así como sus agrupaciones, es esencial para el funcionamiento de la cadena alimentaria, por lo que debe continuarse con la tramitación de las ayudas estrechamente relacionadas con esta actividad.
Por ello, la gestión de las ayudas para el fomento de la producción y la comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada continúa en marcha, aunque ampliándose los plazos de justificación que, para la convocatoria de 2019, se extienden hasta el próximo 30 de junio.
Desde Pastrana Ingeniería y Servicios nos podemos a disposición de todas aquellas personas o empresas interesadas en tramitar estas y otras ayudas. Nuestro equipo elabora, tramita y realiza el seguimiento de los expedientes, informando y asesorando al cliente sobre la elaboración de documentación y la gestión de los procedimientos de cobro, comprometiéndose a la realización de cuantas gestiones sean necesarias para la concesión y posterior cobro de dichas ayudas y subvenciones.