El Diario Oficial de Castilla-La Mancha recogía, el pasado día 12 de septiembre, el Decreto 251/2023, de 5 de septiembre, en el que se modifican los requisitos para el reconocimiento de entidades asociativas prioritarias de interés regional de Castilla-La Mancha (EAPIR). Ocho años después de su entrada en vigor, la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas ha revisado algunos aspectos del Decreto para mejorarlo y adaptarlo a la realidad del sector agroalimentario y a un contexto de mayor apertura e internacionalización de los mercados.
Según fuentes del Gobierno regional, las EAPIR representan un instrumento crucial para mejorar la estructura y la competitividad del sector agroalimentario en la región, ya que permiten una mejora de la concentración y ordenación de la oferta, una optimización de recursos humanos y económicos en la producción y/o transformación de los productos agrarios y, en definitiva, una mejora de la competitividad del conjunto de la cadena de valor.
El decreto tiene como objetivo principal mejorar la dimensión económica de las cooperativas y otras entidades agroalimentarias de carácter asociativo en la región. Se busca fomentar el asociacionismo agrario y la integración cooperativa para mejorar la concentración y ordenación de la oferta, optimizar los recursos y mejorar la competitividad en toda la cadena de valor.
En la actualidad, Castilla-La Mancha cuenta con ocho EAPIR, que integran a 49 entidades (sumando unos 25.000 socios), con una facturación de 273 millones de euro en 2022. En cuanto a los sectores que abarca son aceite de oliva, de mosto, vino y alcoholes, ajos, hongos, alimentación animal y vacuno de leche.
¿Cuáles son las modificaciones?
El nuevo Decreto elimina la exigencia relativa a la comercialización total de la producción de las entidades integrantes o socios, trasladando la decisión del volumen a comercializar de forma conjunta a la propia EAPIR, que será quien decida sobre su estrategia de integración, y sus integrantes.
Por otro lado, las entidades que disponían de una gran dimensión empresarial pero que, por su modelo de mercado, no cumplían con el requisito relativo a la comercialización de toda la producción de sus socios, tendrán ahora más posibilidades para reconocerse como EAPIR.
Por lo que respecta a la facturación, el nuevo decreto se ha modificado para impulsar las EAPIR en aquellos productos para los que no hay ninguna reconocida, reduciendo el valor mínimo de facturación exigido. En ese sentido, hay que recordar que con el anterior decreto se establecían ciertos valores de facturación anual de la entidad aspirante a EAPIR, en función del producto para el que solicitaba el reconocimiento. Ahora se han revisado estos valores de manera que en el nuevo decreto se ha reducido el valor mínimo de facturación exigido para lograr el reconocimiento en aquellos productos en los que todavía no se ha reconocido ninguna EAPIR, entre los que están el melón y la sandía, los frutos secos y el ovino y caprino.
EAPIR con producción ecológica
Otra de las novedades que introduce el nuevo Decreto es que se ha establecido que, en aquellas entidades cuya facturación total del producto para el cual se solicita el reconocimiento corresponda a una figura de calidad de Producción Ecológica, los valores de facturación mínimos establecidos para el reconocimiento por producto o para el reconocimiento genérico se reducirán en un 30%.
Por último, se recoge como novedad la reducción en un 50% el valor de facturación mínimo necesario en el caso de integraciones verticales. De este modo, para aquellas entidades asociativas de carácter agroalimentario cuyas actividades cooperativizadas estén referidas a varias y distintas producciones en las que se lleve a cabo una integración vertical en la cadena de suministro, y soliciten el reconocimiento para más de un producto, los valores de facturación mínimos exigidos para el reconocimiento por producto o para el reconocimiento genérico se reducirán en un 50%.