El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Orden 42/2018, de 20 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para ayudas en inversiones de determinadas infraestructuras al sector vitivinícola (VINATI), dentro del Programa de Apoyo 2019-2023 y se establece su convocatoria para todo el período. El periodo de solicitud de las ayudas finaliza el próximo 16 de abril.
La Orden recoge las bases reguladoras de la medida de inversiones recogidas en el Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola y que fueron publicadas en el BOE del pasado 13 de enero (ver noticia). Las ayudas corresponden a inversiones tangibles o intangibles en instalaciones de transformación e infraestructura vinícola, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.
¿Qué objetivo tienen estas ayudas?
La finalidad de las ayudas es mejorar el rendimiento global de las empresas del sector vitivinícola y su adaptación a las demandas del mercado, así como aumentar su competitividad, por lo que se incluyen medidas de ahorro de energía, de eficiencia energética global y procesos sostenibles.
¿Quiénes pueden solicitar las ayudas?
Estas ayudas pueden ser solicitadas por empresas vitivinícolas que, en el momento de la solicitud, produzcan o comercialicen los productos contemplados el anexo VII parte II del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. También pueden ser solicitadas por organizaciones de productores vitivinícolas; asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud; y organizaciones interprofesionales.
Algunos requisitos
Entre otros requisitos, las bases reguladoras de estas ayudas exigen que los solicitantes demuestren su viabilidad económica (excepto si se trata de organizaciones sin ánimo de lucro), así como el acceso a recursos técnicos y financieros suficientes para garantizar que se ejecute el proyecto correctamente. Los beneficiarios, además, deberán mantener la inversión durante los cinco años siguientes a la fecha del pago final de la ayuda.
No podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias o que se encuentren en situación de crisis o declaración de concurso voluntario.
Objetivos de los proyectos de inversión
Los proyectos para los que se solita la ayuda deben contribuir, al menos, a uno de los objetivos estratégicos establecidos, que son:
- Fomentar la agrupación de los primeros eslabones de la cadena alimentaria mediante la integración de las entidades asociativas y el asociacionismo agrario.
- Fomentar la sostenibilidad integral de las industrias, en sus ámbitos económico, social y medioambiental.
- Fomentar los procesos sostenibles desde el punto de vista medioambiental a través del ahorro de energía, la eficiencia energética global, la utilización de energías renovables y la valorización y tratamiento de los residuos.
- Fomentar la certificación medioambiental de las instalaciones de las empresas vitivinícolas.
- Fomentar la producción ecológica.
- Fomentar los productos acogidos a regímenes de calidad y los pagos de uva por calidad.
- Favorecer el incremento de la dimensión empresarial.
- Favorecer la participación de los viticultores y elaboradores en la cadena de valor.
- Fomentar las inversiones en comercialización.
- Fomentar la innovación y la implantación de nuevos productos y nuevas presentaciones.
- Impulsar la introducción de las tecnologías digitales en las empresas (Industria Conectada 4.0).
Criterios de priorización
Podrán optar a ayuda aquellas solicitudes que alcancen una puntuación mínima de 20 puntos en la fase de valoración, en función de una serie de criterios de priorización recogidos en el Anexo VI de la Orden, entre los que se incluyen el hecho de ser una Entidad Asociativa Prioritaria (EAP), una Entidad Asociativa Prioritaria de Interés Regional (EAPIR), una agrupación de productores, una cooperativa o una asociación. También se otorgan puntos por cumplir con el decálogo para la sostenibilidad integral de la industria alimentaria, por disponer de instalaciones con certificación medioambiental; por tener implantados sistemas de pago de uva por calidad; o por estar acogidos a una DOP o una IGP, entre otros.
Gastos subvencionables
Se considerarán gastos subvencionables aquellos relacionados con la construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles; la compra de nueva maquinaria y equipos; costes generales vinculados a esos gastos, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, así como estudios de viabilidad; la adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes, junto con toda la documentación necesaria, deben presentarse por medios electrónicos, a través de la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
A lo largo de los próximos cinco años, que estará vigente el programa de ayudas, el plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 1 de diciembre de cada año y finalizará el 31 de enero del año siguiente, salvo para esta primera convocatoria que, como decíamos, finaliza el próximo 16 de abril. El Director General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas dictará la resolución sobre la concesión o denegación de las ayudas y la notificará al beneficiario en el plazo máximo de seis meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Una vez más, desde Pastrana Ingeniería y Servicios nos ponemos a disposición de todas las empresas interesadas en solicitar estas y otras ayudas, con el fin de asesorarlas en todo el proceso y lograr los mejores resultados.